Medidas no arancelarias: ¿Una Protección a la industria nacional?

Vanessa Heller

El comercio internacional y la reducción arancelaria

El fenómeno de la globalización ha generado el incremento del comercio internacional y una necesidad por parte de los países a una mayor apertura de sus mercados. Para lograrlo, los acuerdos de libre comercio constituyen la principal herramienta; a través de éstos, dos o más países convienen en establecer reglas claras para introducir sus bienes y servicios con mayores beneficios a un nuevo mercado, así como para promover las inversiones.

Lograr el objetivo antes descrito constituye un impacto positivo en su economía. En efecto, en el caso peruano, las políticas de libre comercio tomadas durante la década de los noventa ha permitido que hoy gocemos de un mayor flujo internacional de bienes, servicios y capital, lo que de hecho nos llevó al crecimiento económico del cual hoy gozamos; basta ver el informe sobre perspectivas económicas mundiales publicado en enero de este año por el Banco Mundial, en el que señala que creceremos 5,1% en el 2012, proyectándose un crecimiento de 5,6% para el 2013.

Los aranceles se ven reducidos en estas negociaciones (reducción que se hace de manera inmediata para algunos productos y/o servicios y de manera gradual para otros más sensibles) para lograr la apertura y un mayor intercambio comercial.

Lograr el objetivo antes descrito constituye un impacto positivo

A pesar de los beneficios que obtenemos de la apertura de mercados, existen industrias que pueden verse afectadas por la competencia que esto conlleva, ya que encontramos nuevos productos y servicios que los consumidores pueden elegir y, por tanto, las empresas deben de competir con éstos.

En este contexto, aparecen las medidas no arancelarias: otra forma de protección a la industria, distinta a la protección arancelaria tradicional, y que pueden convertirse en una restricción de acceso al mercado.

La relevancia de las medidas no arancelarias

La suscripción de acuerdos de libre comercio ha generado una significativa reducción de los aranceles con la finalidad de incrementar el comercio. Sin embargo, esto ha traído como consecuencia que los países protejan sus industrias a través de medidas no arancelarias.  Esto quiere decir que los aranceles, como la herramienta tradicional de protección de la industria doméstica, han pasado a un segundo plano, y son ahora esta clase de medidas las que se han incrementado para lograr dicha protección.

La Organización Mundial del Comercio (OMC) regula el comercio mundial y sirve como foro de negociación, de creación de normas y de resolución de conflictos para los países miembros.

Para entender mejor la relevancia que tienen ahora las medidas no arancelarias, las cifras nos ayudan: el arancel promedio pasó del 40% a mediados de los ochenta al 10% en el año 2000 en América Latina, y los aranceles máximos cayeron en promedio de más de 80% a 40%. Esta cifra sigue disminuyendo con la celebración de acuerdos comerciales que buscan un desarrollo sostenible a través de las exportaciones.

En este contexto, las medidas no arancelarias, que se manifiestan de distintas formas tales como reglamentos técnicos, medidas sanitarias, cuotas de importación, subsidios, entre otros, adquieren más importancia que los aranceles, dado que es una manera para proteger nuestra industria frente a los productos y servicios extranjeros.

Adicionalmente, contamos con la Organización Mundial del Comercio (OMC), a la cual pertenecen 156 países. Ésta regula el comercio mundial y sirve como foro de negociación, de creación de normas y de resolución de conflictos para los países miembros.  En este sentido, busca que exista un mayor flujo comercial y que los países no utilicen mecanismos para entorpecer el comercio.  No obstante ello, permite el uso de determinadas medidas como excepciones, siempre y cuando estén justificadas.

La OMC permite a los gobiernos el uso de medidas que pueden afectar al comercio con el fin de proteger la salud y la vida de las personas, animales o preservar los vegetales siempre y cuando no sean discriminatorias ni constituyan un proteccionismo encubierto.  Es más, regula de manera específica lo referido a temas sanitarios y a obstáculos técnicos al comercio que son dos de los aspectos que tienen un fuerte impacto en el comercio internacional.

el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) evalúa cuándo es el momento oportuno de levantar las prohibiciones que se han impuesto, por posibilidad de contagio.

Es importante comprender qué entendemos por medidas sanitarias y fitosanitarias precisamente para evitar medidas discriminatoria o proteccionistas.  Podemos mencionar algunas como:

  • el uso de aditivos, contaminantes o sustancias tóxicas en los alimentos o bebidas.
  • la declaración de zonas libres de plagas o enfermedades.
  • la prevención de la propagación de enfermedades o plagas en un país.
  • otros requisitos sanitarios para las importaciones.

A modo de ejemplo, podemos comentar la prohibición de bovinos, ovinos, caprinos, cérvidos y felinos domésticos y silvestres vivos, cuyo origen, en el 2004, sea los países afectados por la Encefalopatía Espongiforme Bovina (EEB), conocida como “mal de las vacas locas”.  La medida también afectó a los productos y subproductos de estos orígenes y de harinas de carne y hueso destinados a la alimentación animal. La restricción debe ser temporal para que no se convierta en una forma de protección a la industria; sin embargo, es una restricción que puede durar mucho tiempo ya que el Perú se encuentra protegiendo la salud, la vida de las personas y animales, evitando así un posible contagio.  Para estos casos, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (Senasa) evalúa cuándo es el momento oportuno de levantar las prohibiciones que se han impuesto,  dado que la posibilidad de contagio, por mínima que ésta sea, es una razón para mantener vigente la medida.

Por tanto, un país puede restringir o incluso prohibir el ingreso de determinado producto alegando que se trata de una protección a nivel sanitario o fitosanitario.

De otro lado, las medidas sobre obstáculos técnicos al comercio se refieren a reglamentos técnicos y normas que establecen las características específicas de un producto, por ejemplo:

  • el tamaño, la forma, el diseño, las funciones o el rendimiento.
  • los procesos y métodos de producción.
  • el etiquetado de la composición o calidad de los alimentos, bebidas y medicamentos.
  • los requisitos de calidad para los alimentos frescos.
  • el volumen, forma y aspecto del envasado
  • el envasado y etiquetado de productos químicos peligrosos y sustancias tóxicas, plaguicidas y fertilizantes
  • el etiquetado de textiles y prendas de vestir
  • los reglamentos de seguridad para juguetes

Al respecto podemos mencionar el caso de un reglamento técnico que restringió el acceso de las conservas de sardinas peruanas al mercado europeo. El reglamento técnico indicaba los requisitos de etiquetado para la comercialización de las conservas de sardinas en la Unión Europea.  Esto requisitos no permitían el uso del término “sardina” para la especie de sardina que comercializa el Perú (sardinops sagax sagax) sino únicamente para la especie de sardina que coincidentemente comercializa la Unión Europea (sardina pilchardus walbaum), lo que implicaba para los exportadores el uso de un nombre distinto en la etiqueta de su conserva de sardina.  Esto tendría como consecuencia una calidad inferior del producto para el consumidor europeo, y por tanto una reducción en el precio también.  Para lograr el cambio en los requisitos del reglamento europeo, el Perú acudió a la OMC,y ganó el caso, y la Unión Europea debió cambiar su reglamento.  Esto demostró que la norma no se justificaba y buscaba proteger su propia industria. No obstante la solución a este caso dada por la OMC, Brasil ha impuesto una medida similar a la sardina peruana y las autoridades de ambos países están discutiendo el tema.   Se busca evitar los obstáculos técnicos al comercio por lo que un reglamento no debe provocar efectos más restrictivos de lo necesario y debe perseguir un objetivo legítimo.

Conclusión

Los aranceles han venido reduciéndose a lo largo de los años con la finalidad de agilizar el comercio internacional; como consecuencia, las medidas no arancelarias han cobrado una mayor importancia en el escenario comercial. A pesar de  que muchas veces son usadas para proteger las industrias domésticas, aunque ese no sea su objetivo legítimo,  vale recordar que deberían aplicarse únicamente cuando sí son necesarias.

Heller Ledgard, Vanessa

Vanessa Heller

Master of Laws (LL.M.) en el progama International and European Trade Law por la Universidad de Amsterdam (Holanda).
Abogada por la Universidad de Lima.
Bachiller en Derecho por la Universidad de Lima.

Áreas de especialización:
Comercio Internacional.